El Fallo con cara de Fierro, no podía venir de otro lado que del conservadurismo neoliberal judicial.
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03 de febrero de 2021
Cautelar contra la declaración de servicio público a las telecomunicaciones
Fallo de alcance limitado, pero antecedente peligroso
En contra de otros pronunciamientos de la Justicia, el fallo de un juez cordobés cuestiona la legalidad del DNU que dio caracter de servicio público a las TIC y rechaza su aplicación a una cableoperadora local. Las firmas grandes, que resisten la anulación del aumento de tarifas, podrían reclamarlo como antecedente.

Gustavo López, vicepresidente del Enacom
Imagen: Télam
El juzgado federal N°1 de Córdoba dictó una medida cautelar en contra del decreto presidencial que dio carácter de servicios públicos a la telefonía, internet y TV por cable y que hizo que sus precios pasaron a estar regulados por el Enacom. La medida cautelar frena la intervención del Estado en el sector y favorece directamente a una pequeña cableoperadora llamada TV Cable Color S.A. Si bien sus efectos concretos son muy limitados, la decisión tiene un potencial muy grande, puesto que es de esperar que grandes operadores ahora vayan a pedir lo mismo. Mientras tanto, el gobierno se sostiene en otros fallos que rechazaron pedidos de las empresas y ratifica el plazo de este viernes para que Cablevisión devuelva los aumentos aplicados y no autorizados.
Según la posición del juez cordobés Bustos Fierro, el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 690/2020 que definió como servicio público a los Servicios de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones “ocasiona un perjuicio” a la cableoperadora que presentó la demanda. El magistrado plantea que la regulación del precio por la autoridad de aplicación, entre otras potestades que ahora posee el Estado, “impedirá recuperar las inversiones realizadas y llevar a cabo nuevas inversiones necesarias para la correcta y debida prestación de los servicios".
El juez busca “garantizar el funcionamiento de la empresa y evitar el riesgo que implicaría la continuación de las medidas dispuestas por el Poder Ejecutivo". Por eso dictó una medida cautelar que suspende los efectos de aquel DNU. Argumenta que la declaración de servicio público “requiere el dictado de una ley formal emitida por el Congreso de la Nación, no pudiendo serlo por acto administrativo alguno".
Desde el gobierno nacional recuerdan que el fallo solamente aplica para la empresa que lo solicitó, que cuenta con alrededor de 500 abonados. Sin embargo, el impacto potencial es grande porque es esperable que las grandes empresas del sector vayan y pidan el mismo tratamiento. Así, la cautelar embarra la cancha, luego de que las empresas recibieran varios fallos en contra de sus pretensiones. Por otro lado, en el Enacom advierten que el fallo además se pone en contra de la ley aprobada durante el segundo gobierno de CFK, que exigía que una medida cautelar contra el Estado no se imponga sin antes darle traslado al sector público.
Luego del fallo, la Asociación Argentina de Televisión por Cable (ATVC) salió a decir que la medida "ordena al Poder Ejecutivo Nacional y al Enacom abstenerse de emitir y llevar a cabo acto alguno con fundamento en dichos decretos –en relación a las nuevas normas regulatorias del sector--, hasta tanto se dicte sentencia definitiva".
El fallo de Bustos Fierro tiene lugar luego de que la semana pasada el juez en lo Contencioso Administrativo federal Walter Lara Correa haya rechazado un planteo de Telecom en el mismo sentido. Tampoco habían tenido suerte las empresas ante la Justicia de Mar del Plata, que pidió a las empresas devolver a sus clientes parte del aumento facturado, el cual excedía a lo autorizado por el gobierno.
Por el momento, el gobierno mantiene su postura. El vicepresidente del Ente Nacional de Comunicaciones (Enacom), Gustavo López, afirmó que “Cablevisión tiene tiempo hasta el viernes para comunicar a sus clientes el reintegro de los importes cobrados indebidamente por la prestación del servicio, bajo apercibimiento de iniciar el procedimiento de sanción y aplicar las multas que correspondan por ley". El funcionario instó a que en las "próximas 48 horas haya una reacción positiva de la empresa, enviando una comunicación a todos los clientes y diciendo cómo van a devolver el dinero".
"Es probable que lo hagan con la factura de marzo. Deben devolver los mismos intereses que ellos les cobran a sus clientes cuando pagan fuera de término", explicó López. El funcionario recordó que "las empresas que no lo efectivizaron, al menos le avisaron a los clientes que iban a devolver; Cablevisión ya facturó febrero por lo cual es difícil que refacturen, pero esperamos como mínimo una comunicación a todos los clientes o una respuesta a la intimación del Enacom, que todavía no llegó".
OPINION
En este 3 de febrero nos desayunamos con fallos en clara defensa a los intereses que estafan a la gente.
Los cordobes de apié y ajustados al estado de derecho sentimos tanta verguenza por estos integrantes del poder judicial de Córdoba, fallos muy canallezcos con personajes como es tal Bustos Fierro. Que vale recordar fue el mismicimo que habilito la Re Re Rencontra Reeleccion de Carlos Menen. UN JUEZ A LA CARTA.
El neoliberalismo está enquistado en este poder del Estado. El poder judicial de Córdoba, hacemos incapié en la provincia porque es el caso descabellado del fallo que nos ocupa, es tan recalcitrante de conservador, que está a tono con el gobierno de Schiaretti y la derecha cordobesa, sumado claro, a los descarados radicales Negri, Aguad, y demas bufones de la "corte".
Si no fuesen tan peligrosos nos darian risa. Por lo que debemos prestar atención con estos personajes dañinos al desarro de la Republica, y dar la Batalla Cultural contra estos actos desestabilizadores que impiden el avance de un gobierno nacional y popular.
No es casual el fallo. No es inosente, tiene una carga politica observable y por lo anti pueblo, es muy repudiable. Pero los poderes facticos de Córdoba, historicamente han sido así. Nos averguenza
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